El derecho al agua es constitucional

Los problemas por la falta de agua y la irresponsabilidad del gobierno estatal a través de la Comisión de Agua del Estado de Veracruz, ha hecho que los ciudadanos caigan en la desesperación y se unan para tomar medidas y presionar para exigir el servicio, y con justa razón pedir que no se les cobre cada mes por algo que no están recibiendo.

Por ello recientemente los tuxpeños después de tomar en repetidas ocasiones las oficinas de CAEV y el palacio municipal, se decidieron a cerrar el puente Tuxpan, medida que también tomaron habitantes de Cerro Azul y Naranjos en un tramo carretero, los cuales fueron reprimidos por autoridades estatales, acción totalmente criticada por la población e incluso por diputados y senadores, ya que tales actos fueron de conocimiento en toda la entidad.

Ciudadanos señalaron que el abandono en que tiene CAEV, por lo menos a este municipio y sus aledaños, es brutal.

Explicaron que brindar el servicio del agua es una responsabilidad compartida entre municipios y estado, porque si bien es cierto es un tema estatal, dentro del ámbito de su competencia los alcaldes deben hacer lo que esté a su alcance.

En Tuxpan el desabasto se ha ido agudizando desde hace algunos años, sin embargo, 2022 y 2023 han sido de los más difíciles, en donde los usuarios se quedan sin gota de agua durante meses, por lo que la bomba de inconformidades explotó.

Los tuxpeños y habitantes de municipios aledaños, ya no están dispuestos a seguir aguantando el nulo trabajo de las autoridades competentes en el tema, y eso ha derivado en diversas manifestaciones.

Cabe señalar que la inconformidad es por el cobro de un servicio sin otorgarlo y el negocio de las pipas que nadie frena y que ante la necesidad lucran con el precio.

El agua es un derecho humano Constitucionalmente protegido en el artículo 4; que dice; “El estado garantizará a todas las personas el derecho de acceso a los servicios de agua potable en cantidad suficiente y en condiciones de seguridad y calidad para satisfacer necesidades personales y domésticas”. La propia Constitución para el estado de Veracruz en su artículo 8 también así lo contempla.

De igual forma la Ley de aguas del Estado de Veracruz, reglamentaria del artículo mencionado; dice que se entiende por agua potable aquella que puede ser ingerida sin provocar efectos nocivos para la salud y que debe ser: suficiente, salubre, aceptable y asequible; es decir, que se pueda conseguir fácilmente.

Por dicho abandono de la obligación y por el desabasto constante ya se han promovido amparos en esta ciudad contra la CAEV y se espera que se abra una vía judicial para el acceso al agua.

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