Obligaciones fiscales no culminan con la muerte

Se puede creer que anunciar el fallecimiento de un contribuyente al fisco mexicano, se culmina su compromiso, sin embargo, las obligaciones con el Servicio Administración Tributaria (SAT) no acaban con la cripta.

Al dejar de existir una persona con actividad empresarial (persona física), las responsabilidades son depositadas a sus herederos, albaceas o a las personas que se quedan con las responsabilidades de los bienes y se les compromete a cumplir el pago de las obligaciones y adeudos que haya dejado el finado.

Con estos compromisos, se consideran los Créditos Fiscales, el pago de impuestos o declaraciones pendientes.

Una vez que se logran liquidar las deudas que dejó la persona fallecida, se procede a notificar al SAT que el contribuyente fallecido y se da una suspensión de actividades de dicha persona física.

En México el SAT tiene registrados hasta septiembre del 2018, un padrón de contribuyentes que son 2 millones 346 mil 699 personas.

Por NÚMERO CERO

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