Senado prohíbe castigos corporales para educar y corregir a menores de edad

*Se aprobaron reformas a la Ley General de derechos de niñas, niños y adolescentes y del Código Civil Federal

El Senado de la República aprobó por unanimidad, con 92 votos a favor, reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y al Código Civil Federal para prohibir cualquier tipo de violencia como método disciplinario en contra de niñas, niños y adolescentes, llamada ley “antichancla”.

En la iniciativa se expresan los efectos nocivos de dicho tipo de violencia destacando los daños físicos, como dolores de cabeza y colitis; daños cognitivos, como problemas de atención y alteración de la memoria; y daños emocionales, como miedo angustia y trastornos depresivos.

En la reforma se esablece que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a recibir orientación, educación, cuidado y crianza de su madre, su padre o tutor, así como de los encargados y el personal de instituciones educativas, deportivas, religiosas, de salud, de asistencia social, de cuidado, penales o de cualquier otra índole, sin que, en modo alguno, se autorice a estos el uso del castigo corporal ni el trato humillante.

Además define el castigo corporal o físico como todo castigo en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.

Agrega que es un castigo humillante como cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación cometido en contra de niñas, niños y adolescentes.

Fuente ADN 40

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