* Ponga atención para que no tenga estos problemas o saber cómo resolverlos en caso de que se presenten.
Por medio de una publicación en el Diario Oficial de la Federación, el gobierno de la república publicó las reglas de operación para el programa de «Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores”, popularmente conocido como pensión universal para adultos mayores.
La pensión universal para adultos mayores consiste en un apoyo de 2 mil 250 pesos cada dos meses, mismo que se entrega a personas mayores de 69 años. También a personas de 65 a 67 años que ya estaban en programas anteriores de pensiones a adultos mayores, así como a mayores de 65 años de zonas indígenas.
in embargo, a pesar de que este beneficio tiene el carácter de ser universal, tiene sus restricciones, por lo cual un beneficiario podría caen en suspensión o baja definitiva de la pensión universal.
CAUSAS PARA SER SUSPENDIDO DE LA PENSIÓN UNIVERSAL:
- A quienes no se presenten a recibir sus apoyos hasta en dos ocasiones consecutivas, se le suspenderá del Padrón Activo Emitible así como la emisión de apoyos. (Será necesario presentarse a hacer una aclaración a la Oficina de Representación)
- En caso de personas que reciban el pago por medio del banco, podrá fallar el recurso en el supuesto de que la institución financiera rechace el depósito a la cuenta del beneficiario. (Se le repondrá en efectivo).
- Cuando se le hayan realizado visitas domiciliarias a la persona beneficiaria y no se le hubiera localizado hasta en dos ocasiones.
- Cuando se identifique a personas duplicadas en el Programa, se procederá a la suspensión de ambos registros.
Información y foto en: https://www.mibolsillo.com/retiro/Causas-para-perder-la-pension-universal-20190228-0008.html