*Establecieron pena de tres a seis años de prisión a quien viole la intimidad sexual
Por unanimidad, con 87 votos a favor, el Senado de la República aprobó en lo general y los artículos no reservados del dictamen que reforma dos ordenamientos legales para erradicar la violencia digital contra mujeres y hombres, la llamada Ley Olimpia.
La inicitiva tipifica y sanciona el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual en plataformas de Internet o redes sociales, así como las agresiones en contra de las mujeres en medios de comunicación y se establecieron penas de tres a seis años de prisión.
Se define como violencia digital a “toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmite, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, aprobación o autorización”.
Los senadores señalaron que estos hechos causan daño psicológico y emocional, en cualquier ámbito de la vida privada de las personas.
Fuente ADN 40