TUXPAN, Ver.- De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), las personas morales están obligadas a otorgar el Reparto de Utilidades a más tardar el último día de mayo, mientras que las físicas tienen hasta el 29 de junio.
Cada año el trabajador deberá recibir el 10% de las utilidades que se generaron en la empresa durante el año inmediato anterior. Esto es lo que se conoce como Reparto de Utilidades.
Asimismo, según indica el artículo 177 de la Ley Federal del Trabajo, se deberán entregar en porcentaje proporcional al tiempo laborado, con un lapso de 60 días después de presentados los impuestos anuales. Por su lado, esta ley indica que el pago será repartible en dos partes iguales: Por igual entre todos los trabajadores, según los días trabajados, y proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado.
En resumen, es importante destacar que estarán exentas del Reparto de las Utilidades a los Trabajadores las siguientes empresas: Empresas de nueva creación, Instituciones de asistencia privada sin propósitos de lucro, IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, Empresas con capital menor al que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Durante mayo, suele hacerse la entrega a los empleados, sin embargo de acuerdo a las autoridades fiscales hay fechas establecidas tanto para personas morales y físicas.
Los empleados que no reciban el pago de utilidades que por derecho les corresponde, pueden acercarse al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que trabaja de la mano con la Secretaría de Trabajo, indicaron empleados de dicha dependencia federal.
Recalcaron que el fisco no es la instancia que sanciona a las empresas, sino que realiza la investigación y da aviso a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
El SAT podrá realizar una auditoría a la empresa por el incumplimiento del reparto de utilidades, de esa manera las autoridades fiscales podrán intervenir, aunque los empleados deberán presentar una denuncia en la que se fundamenten las irregularidades que se han cometido con el incumplimiento.
Comentaron que en años anteriores no se ha tenido ningún problema, ya que no se han recibido quejas, lo que significa que las empresas con dicha obligación, han cumplido en tiempo y forma.
Por NÚMERO CERO






